Categoría: subvenciones

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Ampliación de las deducciones en IRPF por rehabilitación de edificios hasta finales 2024

Las deducciones en el IRPF por rehabilitación energética se han ampliado hasta diciembre de 2024, en vez de finalizar este año 2023. Si tu comunidad de propietarios está pensando en hacer tu edificio más eficiente, este es el momento de ponerse manos a la obra.

¿Qué tanto por cien te podrás deducir en tu Declaración de la Renta? Pues según el tipo de obra que acometas, si es en vivienda o en el edificio y el tanto por ciento de mejora de eficiencia energética obtenido.

 

Deducción de hasta un 20% de las cantidades aportadas por obras en viviendas

Deducción, por obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda:

– de hasta un 20 por ciento de las cantidades satisfechas por las obras realizadas,

– con una base máxima de deducción de 5.000 euros anuales,

– siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 7 % en la demanda de calefacción y refrigeración,

– acreditable a través de la reducción de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración del certificado de eficiencia energética de la vivienda.

 

Deducción de hasta un 40% de las cantidades aportadas por obras en viviendas

Deducción por obras que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de la vivienda habitual o arrendada para su uso como vivienda:

– deducción de hasta un 40 por ciento de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el mismo plazo temporal que la deducción anterior,

– hasta un máximo de 7.500 euros anuales,

– siempre que las obras realizadas contribuyan a una reducción de al menos un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable,

– acreditable a través de la reducción del referido indicador de consumo de energía primaria no renovable del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejoren la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación

 

Deducción del 60% de las cantidades aportadas por obras en la de rehabilitación de edificios

– por obras de rehabilitación que mejoren la eficiencia energética en edificios de uso predominante residencial,

– que será aplicable sobre las cantidades satisfechas por el titular de la vivienda,

– en las que se obtenga una mejora de la eficiencia energética del conjunto del edificio en el que se ubica,

– siempre que se acredite a través de certificado de eficiencia energética, una reducción del consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética, de un 30 por ciento como mínimo, o bien, la mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación.

En esta tercera deducción, el contribuyente titular de la vivienda podrá deducirse hasta un 60 por ciento de las cantidades satisfechas, hasta un máximo de 15.000 euros

 

Asimismo, con objeto de impulsar las obras de rehabilitación,  se crea una línea de avales para la cobertura parcial por cuenta del estado de la financiación de obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia energética de los edificios de vivienda. A través de esta nueva línea de avales se ofrecerá cobertura para que las entidades de crédito puedan ofrecer financiación, en forma de préstamo con un plazo de devolución de hasta quince años, en virtud de convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

 

¿Se pueden aplicar las tres deducciones a una misma obra?

Estas tres deducciones son incompatibles entre sí respecto a una misma obra. No obstante, sí son compatibles la deducción del 60% por las cantidades invertidas en la rehabilitación de edificios con las deducciones del 20% o del 40% por actuaciones en la vivienda particular, siempre considerando que sean  obras diferente.

Hay que tener en cuenta que solo solo se podrán deducir aquellas facturas pagadas con tarjeta o por transferencia, nunca en dinero metálico.

 

También te puede interesar:

Ya se pueden solicitar, desde el 6 de junio de 2023, las ayudas GVANEXT para la rehabilitación energética de los edificios en la Comunidad Valenciana

 

Nuevas deducciones IRPF en la rehabilitación energética de edificios

 

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Quiero rehabilitar mi edificio de apartamentos de playa ¿Cómo trabaja PUNTAL TÉCNICO?

¿Estás disfrutando de tus vacaciones en tu apartamento de playa y no sabes si salir a tu estupenda terraza porque no la encuentras segura?¿La fachada de tu edificio junto al mar no está en buenas condiciones, haciendo que parezca viejo y descuidado?

Si tu Comunidad de Propietarios no ha seguido un plan de mantenimiento para tu edificio de apartamentos de playa, es hora de pensar en realizar una rehabilitación, donde además de restaurar fachadas y balcones, se revisan las estructuras para ver si el salitre les ha afectado, volviendo a parecer de nueva construcción y seguro para ti y tu familia.

¿Cómo trabaja PUNTAL TÉCNICO?¿Se tendría que pagar por el estudio de viabilidad antes de su posible contratación?

Con PUNTAL TÉCNICO no tendrás que preocuparte por nada, ya que, una vez te pones en contacto con nosotros, nuestros arquitectos técnicos (Máster Oficial PRL) realizan un estudio de viabilidad sobre el proyecto de obra y un presupuesto, todo ello sin compromiso, acorde a tus necesidades y a la de tu Comunidad de Propietarios.

Además, tienes la opción de financiar las obras con nosotros, seas una Comunidad de Propietarios o un particular, en cómodos plazos sin intereses, y sin la necesidad de agentes financieros externos.

No debes olvidar que actualmente también existen ayudas para la rehabilitación de edificios, aunque sean de segunda vivienda si además se acredita una mejora de eficiencia energética con especial atención a la envolvente edificatoria, es decir, fachadas y cubierta (mira las «Ayudas Next Generation en la Comunidad Valenciana«). Así como grandes beneficios fiscales.

Las fachadas de los apartamentos de playa cercanas al mar, sufren el impacto de los efectos de la humedad y del viento acompañado de arena y el salitre, provocando la erosión y oxidación, tanto en los materiales de sus cerramientos y cubiertas, así como en su estructura.

Si es tu caso, y te encuentras en la Comunidad Valenciana, no lo dudes. Es necesario el mantenimiento y una `puesta a punto de tu edificio, o en ultima instancia la restauración de sus fachadas y rehabilitación del edificio, para que no peligre su estructura, haciéndolo seguro, además de renovarlo estéticamente, incrementando su valor.

Al finalizar el verano, cuando los apartamentos de playa vuelven a estar medio vacíos, es el momento de comenzar con el proyecto, para que cuando llegue el próximo verano, el edificio se encuentre en las mejores condiciones para disfrutarlo, alquilarlo o venderlo.

Por qué elegir a PUNTAL TÉCNICO para la Rehabilitación de tu Edificio de Apartamentos de Playa

Somos una empresa constructora dinámica, joven y versátil, altamente cualificada, con amplia experiencia en el sector de la rehabilitación total y parcial de edificios, así como en el mantenimiento de los mismos, servicios de construcción y reforma de viviendas y locales.

Nuestros Valores: COMPROMISO, SEGURIDAD, TRANQUILIDAD, CALIDAD

 

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Subvención y ayudas Fondos Next Generation 2023 para la rehabilitación energética de tu edificio

Ya se pueden solicitar, desde el 6 de junio de 2023, las ayudas GVANEXT para la rehabilitación energética de los edificios en la Comunidad Valenciana

La distribución de los fondos Next Generation de la Unión Europea, canalizados a través de las Comunidades Autónomas, para la rehabilitación energética de los edificios tiene como objetivo global reducir al menos un 30% el consumo de energía no renovable en los hogares y bajar la demanda de calefacción y refrigeración como mínimo un 7%.

Con estas ayudas, además de hacer frente a las obras que te permitirán reducir el consumo de energía, podrás hacer frente a mejoras de accesibilidad, de reparación de daños estructurales e instalaciones deficientes, de aislamientos acústicos… así como a otros gastos tales como los honorarios de los profesionales que van a participar o el coste por la elaboración de los proyectos, la redacción de los informes (CEE, IEEV.CV…) o la expedición de certificados y otros documentos necesarios.

El aislamiento de las fachadas la vía más efectiva para reducir el consumo de energía

La vía más efectiva para alcanzar los umbrales exigidos es actuar sobre la envolvente del edificio, colocando aislamiento tanto en fachadas como en cubiertas, y sustituir las carpinterías por otras con rotura de puente térmico para evitar que el frio “se cuele” por las ventanas.

Estas ayudas financiarán las actuaciones encaminadas a la obtención de una mejora acreditada de la eficiencia energética en edificios de tipología residencial colectiva y en viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas, con especial atención a la envolvente edificatoria (fachadas y cubierta) que separa el interior del edificio del exterior.

Requisitos edificios

Los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva deben cumplir dos condiciones: al menos el 50% de su superficie construida sobre rasante, excluida la planta baja, tenga uso residencial y que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la comunidad de propietarios, salvo en los casos de edificios de propietario único.

¿Cuál es el objetivo?

Las actuaciones de rehabilitación en los edificios residenciales y viviendas unifamiliares deben mejorar la eficiencia energética por lo que se debe acreditar una:

Reducción de al menos el 30% del consumo energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
Reducción de la demanda de energía global anual de calefacción y refrigeración de:
un 35% en zonas climáticas D y E.
un 25% en zona climática C.

Los edificios históricos o protegidos oficialmente por su valor arquitectónico no tendrán que cumplir con la reducción de demanda establecida para las actuaciones sobre la envolvente térmica. Asimismo, los edificios en los que hayan llevado a cabo intervenciones de mejora de la eficiencia energética en los últimos cuatro años y que hayan conseguido importantes mejoras en el consumo de calefacción y refrigeración, tampoco tendrán que alcanzar los umbrales fijados de reducción de demanda.

¿Quién puede solicitar las ayudas?

Los beneficiarios últimos de las ayudas que deben solicitar la financiación a la comunidad autónoma para ejecutar las actuaciones de rehabilitación del edificio son. La Comunidad Valenciana ya ha abierto el plazo para solicitarlas el 6 de junio de 2023:

– Los propietarios o usufructuarios bien sean personas físicas o jurídicas.
– Las empresas públicas, las sociedades mercantiles participadas por la administración pública, los organismos, los entes y la propia administración pública siempre y cuando sean propietarios de los inmuebles residenciales.
Las comunidades de propietarios.
– Los propietarios que, de forma agrupada, sean dueños de edificios.
– Las cooperativas compuestas por propietarios de viviendas o edificios y las cooperativas en régimen de cesión de uso de sus viviendas.
– Las empresas y cooperativas arrendatarias o concesionarias de los edificios. Para poder solicitar la ayuda deben presentar un contrato que les otorgue la facultad expresa para acometer obras de rehabilitación.
– El arrendatario de la vivienda podrá solicitar la ayuda siempre y cuando haya pactado con el propietario costear las obras a cambio del pago de la renta. Debe presentar un acuerdo que acredite dicho compromiso.

Cuando la ejecución de la actuación corresponda a varios destinatarios últimos, la ayuda se distribuirá en proporción al coste y la responsabilidad asumida.

Los beneficiarios podrán ceder el cobro de las subvenciones al agente o gestor de la rehabilitación mediante el acuerdo correspondiente.

¿Es necesario presentar un proyecto?

Para acceder a las subvenciones, los destinatarios últimos deben disponer del proyecto de las actuaciones a realizar, que incluirá el ahorro de consumo de energía primaria no renovable estimado con respecto a la situación inicial, la inversión subvencionable y la cuantía de la ayuda solicitada. Se prioriza la actuación sobre edificios completos de tipología residencial colectiva y en viviendas unifamiliares con especial atención a la envolvente del edificio. El proyecto también debe incluir un estudio de gestión de residuos de construcción y demolición.

En el caso de que las actuaciones no exijan proyecto, será necesario justificar en una memoria suscrita por técnico competente la adecuación de la actuación al Código Técnico de la Edificación y demás normativa de aplicación. Deberá incluirse el Libro del edificio existente para la rehabilitación o, en su defecto, un estudio sobre el potencial de mejora del edificio en relación con los requisitos básicos definidos en la Ley de Ordenación de la Edificación y un Plan de actuaciones en el que se identifique la actuación propuesta.

Cuantía de las ayudas para la rehabilitación energética de edificios por vivienda o local

Los beneficiarios de las ayudas podrán cubrir entre el 40 y el 80% de los costes en función de los ahorros de consumo conseguidos, pudiendo llegar al 100% en el caso de vulnerabilidad económica. Las cuantías máximas de ayuda oscilan entre los 6.300 euros a 18.800 euros por vivienda, en función del nivel de ahorro energético que se alcance.

Cuando se identifiquen situaciones de vulnerabilidad económica en alguno de los propietarios o usufructuarios de las viviendas, podrán, en expediente aparte y de forma exclusiva para el afectado, conceder una ayuda adicional que podrá alcanzar hasta el 100% del coste de la actuación imputable a dicho propietario o usufructuario.

¿Cómo se adjudican las subvenciones?

Las ayudas se concederán a través de convocatorias en concurrencia simple que publiquen las CCAA, en nuestro caso la Comunidad Valenciana, lo que implica que las solicitudes serán seleccionadas por riguroso orden de presentación hasta que se agoten los fondos. El plazo para pedir las ayudas está abierto desde el 6 de junio de 2023.

Fondos NextGeneration para rehabilitación energética de edificios en la Comunidad Valenciana

Desde el 6 de junio de 2023  se pueden solicitar las ayudas para la rehabilitación energética de edificios en la Comunidad Valenciana.

Cuantía de las ayudas según su ahorro energético obtenido:

1. Ahorro energético conseguido con la actuación entre el 30 % y el 45%, tendrá un porcentaje máximo de subvención del 40 %, con una subvención por vivienda máxima de 6.300€

Locales comerciales u otros usos. Cuantía máxima de la ayuda 56€ por m².

2. Ahorro energético conseguido con la actuación entre el 45 % y el 60%, tendrá un porcentaje máximo de subvención del 65 %, con una subvención por vivienda máxima de 11.600€

Locales comerciales u otros usos. Cuantía máxima de la ayuda 104€ por m².

3. Ahorro energético conseguido con la actuación de más del 60%, tendrá un porcentaje máximo de subvención del 80%, con una subvención por vivienda máxima de 18.800€

Locales comerciales u otros usos. Cuantía máxima de la ayuda 168€ por m².

 

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Rehabilitación energética de edificios y viviendas. Un ahorro de cara al invierno

Ya ha comenzado el «curso», hemos dado la bienvenida al otoño y es tiempo de preparar nuestros edificios y viviendas para tiempos más fríos. Parece que se avecina un invierno duro, y si a esto le añadimos que nuestra fachada no está acondicionada para retener el calor de la calefacción, o que se escapa por rendijas, huecos o nuestras ventanas, será mucho más duro todavía en cuestión de salud y, sobre todo, económica. Por eso es importante la rehabilitación energética de edificios, fachadas y viviendas. Todo un ahorro de cara al invierno.

Si por estas fechas publicamos la importancia del «Mantenimiento de edificios en otoño: cubiertas, desagües, fachadas y balcones» antes de que lleguen las lluvias y el frío, en este post queremos compartir lo necesario que es en estas fechas, antes de que llegue el invierno, para todos aquellos que todavía no se hayan adelantado, la rehabilitación energética de edificios y viviendas.

¿Pero qué es la rehabilitación energética de edificios y viviendas?

Rehabilitar energéticamente los edificios existentes supone un ahorro neto de energía, lo que es muy necesario para todos, además de para nuestro bolsillo. Hay que tener en cuenta que esta medida puede llegar a ahorrar el 50% del consumo energético de los edificios.

Un edificio bien aislado consume menos energía pues conserva mejor la temperatura en su interior.

Un mal aislamiento en edificios incrementa el consumo de calor (y también de aire acondicionado). Por ello es muy importante eliminar las pérdidas de calor con un aislamiento adecuado del edificio. Pero siempre hay que estudiar caso a caso, cada edificio, para ver qué tipo de actuación puede acometerse: rehabilitación de la fachada (por exterior, interior o inyección), de la cubierta, etc.

Aislar térmicamente una vivienda consiste en lograr que sus elementos en contacto con el exterior aumenten su resistencia al paso del calor, o del frío, lo que se consigue incorporando materiales aislantes en: muros exteriores, cubiertas, suelos, tabiques y huecos,…

Ahorro y calidad de vida.

En PUNTAL TÉCNICO realizamos un estudio sobre la problemática de tu edificio o tu vivienda y un presupuesto, todo ello sin compromiso y acorde a las necesidades de tu Comunidad de Propietarios. Trabajando para que el invierno que viene tu edificio se encuentre como nuevo y seguro, para tí y tú familia.

Además puedes financiarlo con nosotros, en cómodos plazos.

También te puede interesar:

«Abierto el plazo de subvenciones para rehabilitación de edificios y viviendas en la Comunidad Valenciana»

«¿Qué es el PREE? Ayudas a la Rehabilitación Energética de Edificios»

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